martes, 20 de noviembre de 2007

Imagenes relacionada con la Constitucion Nacional Argentina de 1994
















  1. La primera imagen de la Constitución Nacional es El edificio del Congreso en Buenos Aires, sede del poder lesgislativo de la Nación Argentina.
  2. La segunda imagen de la Constitucion Nacional es la vista de la Plaza de Mayo y la Casa Rosada, en Buenos Aires, sede del poder ejecutivo de la Nacion Argentina.
  3. La tercera imagen de la Constitucion Nacional es la sede de la Organizacion de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York

Imagen de la ultima Constitucion Nacional Argentina
















La imagen es la ultima Constitución Nacional Argentina, con el texto según la reforma de 1994.

lunes, 19 de noviembre de 2007

Constitución Nacional y participación ciudadana

Los convencionales que reformaron la Constitución en 1994 incorporaron dentro de los "Nuevos Derechos y Garantías" ciertos instrumentos tendientes a fortalecer la parti­cipación ciudadana en la toma de decisiones fundamentales. Ellos consideraron que, en determinadas circunstancias, esto puede con­tribuir a la solución de algunos conflictos y robustecer a la sociedad y al sistema político, ya que alientan un mayor compromiso de los ciudadanos sobre cuestiones que los afectan.
Estos instrumentos son la iniciativa popular y la consulta popular, contemplados en los artículos 39 y 40, respectivamente.
La iniciativa popular reconoce el dere­cho de la ciudadanía para proponer proyectos de ley en la Cámara de Diputados, imponién­dole al Congreso su tratamiento dentro de los doce meses de presentado el proyecto. Para que el Congreso dé curso a la iniciativa popular, se requieren las firmas de – al menos – el 1,5 % del padrón electoral nacional. Los proyectos de ley que se presenten mediante este mecanismo pueden referirse a una amplia va­riedad de temas, pero la Constitución y la ley reglamentaria de la iniciativa popular exclu­yen expresamente la posibilidad de que los ciudadanos presenten proyectos relacionados con asuntos tales como la reforma constitu­cional, los impuestos, los tratados internacio­nales, el presupuesto y lo concerniente a la materia penal.

Los tratados internacionales de derechos humanos en la Constitución

Los tratados internacionales son acuer­dos firmados por dos o más Estados sobera­nos. Muchas veces surgen por iniciativa de los propios Estados; otras tantas, esto sucede en el marco de organismos internacionales como, por ejemplo, las Naciones Unidas. De­bido a que involucran a varios países, consti­tuyen leyes internacionales.
Como sabemos, la Segunda Guerra Mundial (1939-1945) ocasionó la muerte de millones de personas, muchas de ellas en campos de exterminio en los que fueron so­metidas a torturas físicas y psíquicas. Nunca antes la humanidad había atravesado por una tragedia semejante. El horror de la guerra y sus dramáticas consecuencias incrementaron la acción de muchos Estados y organismos in­ternacionales para asegurar, en el futuro, el respeto de los derechos humanos en una mayor cantidad de países. En nuestros días, es cada vez más ampliamente aceptada la idea de que un gobierno que viola los derechos huma­nos, no sólo atenta contra su pueblo sino que lo hace contra toda la humanidad.
Simultáneamente, poco tiempo des­pués de finalizada la guerra, se fueron gestan­do, primero en Europa y luego en otras partes del mundo, procesos de integración entre di­ferentes países que se proponían lograr un mayor desarrollo económico, el aumento del nivel de vida de sus ciudadanos y relaciones más estrechas entre los Estados. La Unión Europea, que comprende a gran parte de los países de Europa, y el Mercado Común del Sur -Mercosur-, que reúne a Argentina, Bra­sil, Paraguay y Uruguay y que nació en 1991 con el Tratado de Asunción, sirven para ejem­plificar este fenómeno contemporáneo de in­tegración.
Estos dos procesos (aquel que llevó a muchos Estados a coincidir alrededor de la necesidad de reconocer y defender los dere­chos fundamentales en el mundo entero y es­te último, tendiente a que los diferentes Esta­dos se unan en forma democrática y consen­suada) estimulan el hecho de que los países respeten criterios comunes en sus legislacio­nes, incluso en aquellos aspectos que se rela­cionan con los derechos humanos. Los trata­dos internacionales de derechos humanos contribuyen en este sentido. Al comprometer a los diferentes países que los suscriben, los dotan de un mayor respeto y confiabilidad frente a la comunidad internacional.
El acuerdo cada vez más amplio con respecto a la necesidad irrenunciable de res­petar los derechos humanos se suma a las dramáticas experiencias vividas por los ar­gentinos. En efecto, la violación sistemática de los derechos humanos que ha ocurrido en nuestro país, en especial durante la última dictadura militar (1976-1983), y sus conse­cuencias terribles en lo que se refiere al sufri­miento, torturas, desaparición y muerte de millares de personas, dejaron profundas hue­llas en muchos argentinos.
Todos estos argumentos fueron tenidos en cuenta por los convencionales que refor­maron la Constitución en 1994 para dar a ciertos tratados internacionales de derechos humanos sus criptas por nuestro país, jerar­quía constitucional. Esto significa que son superiores a las demás leyes, ninguna otra norma puede oponerse a ellos y no pueden ser derogados mediante las leyes comunes. La Constitución establece que sólo pueden ser denunciados por el Poder Ejecutivo, pre­via aprobación de los dos tercios de los votos de cada Cámara. La enumeración de los tratados con je­rarquía constitucional se halla en la Segunda Parte de la Constitución (art. 75, inc. 22). Ellos son:

  • Declaración Universal de Derechos Humanos.
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
  • Convención Americana sobre Derechos Hu­manos, también conocida como Pacto de San José de Costa Rica, por el lugar en el que fue suscripta.
  • Pacto Internacional de Derechos Económi­cos, Sociales y Culturales.
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo.
  • Convención sobre la Prevención y la San­ción del delito de Genocidio.
  • Convención Internacional sobre la Elimina­ción de todas las Formas de Discrimina­ción Racial. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
  • Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
  • Convención sobre los Derechos del Niño.

La Constitución establece los mecanis­mos necesarios para incorporar otros tratados internacionales con jerarquía constitucional.

La Constitucion Nacional y sus partes

http://www.senado.gov.ar/web/interes/constitucion/cuerpo1.php

La estructura de la Constitucion Nacional

Nuestra Constitución está integrada por un preámbulo y dos partes. La primera está formada por dos capítulos. El primero se llama "Declaraciones, Derechos y Garantías" y el segundo, "Nuevos Derechos y Garan­tías". La segunda parte de la Constitución se denomina "Autoridades de la Nación" y se organiza en dos Títulos: "Gobierno Federal" y "Gobiernos de Provincia".

Preámbulo
Es el prólogo, la introducción de la Constitución; en él se reconoce la soberanía del pueblo al nombrar a los convencionales co­mo "representantes del pueblo de la Nación Argentina". En el preámbulo se establece que es legítimo que los representantes sancionen la Constitución porque lo hacen "por voluntad y elección de las provincias" que componen la Argentina y "en cumplimiento de pactos pree­xistentes". La Constitución denomina de este modo a los acuerdos celebrados entre las pro­vincias entre 1820 y 1852 con el propósito de organizar políticamente al país. El Pacto Fede­ral de 1831 y el Acuerdo de San Nicolás de 1852 son ejemplos de ellos.
El preámbulo establece también los objetivos que se persiguen al sancionar la Constitución. Ellos son: " ... constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad ... ". Se determina que estos objetivos deben ser alcanzados "para nosotros, para nues­tra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argen­tino". En cumplimiento de estos fines, los convencionales invocaron "la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia" y dieron fuerza de ley a la Constitución: "ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina."

Declaraciones, Derechos y Garantías
La Primera Parte de la Constitución es conocida como la parte dogmática. En ella se reconocen los derechos individuales y de los ciudadanos. Está integrada por 43 artículos. Los treinta y cinco primeros forman el primer capítulo denominado "Declaraciones, Dere­chos y Garantías".
Declaraciones. Son expresiones, ma­nifestaciones o afirmaciones en las que se toma posición acerca de cuestiones funda­mentales, como la forma de gobierno o la or­ganización de las provincias.
Derechos. Son facultades que la Cons­titución reconoce a los habitantes del país pa­ra que puedan vivir con dignidad. Al estar así reconocidas, los habitantes pueden exigir su respeto.

Los consumidores tienen derechos reconocidos por la Constitución reformada. Es necesario conocer/os para poder reclamar en caso de que algunos de esos derechos sean violados.Un ejemplo de estas facultades se en­cuentra en el artículo 14 bis incorporado en la reforma constitucional de 1957. Allí se esta­blece, entre otras cosas, que las leyes "asegu­rarán al trabajador: condiciones dignas y equi­tativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección con­tra el despido arbitrario; estabilidad del em­pleado público; organización sindical libre y democrática ... "
Garantías. Son protecciones, estable­cidas en la Constitución para asegurar el res­peto de los derechos y las libertades que ella reconoce. Un ejemplo de garantía lo brinda el artículo 18. En él se afirma, entre otras cosas, que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin ser sometido a un juicio. Este juicio debe realizarse de acuerdo con las leyes que regían en el momento de producirse el hecho por el que es juzgado.
Nuevos Derechos y Garantías
El segundo capítulo de la Primera Par­te de la Constitución fue incorporado en la úl­tima reforma (1994). Incluye derechos y ga­rantías sobre temas que la sociedad argentina fue considerando esenciales en los últimos años. Algunos de los nuevos derechos y ga­rantías son: La protección de los consumidores. El artí­culo 42 establece, por ejemplo, que los con­sumidores tienen derecho a la protección de consumidores.

¿Cuantas reformas hubieron en la Constitucion Nacional?

Hubieron cinco reformas en la Constitucion Nacional las cuales son:

  1. Reforma de 1860: el 23 de septiembre de 1860 se reunió una convención en la provincia de Santa fe, con el objeto de ordenar la reforma de la Constitución. La constitución Argentina fue reformada en 1860, principalmente para permitir la incorporación de Buenos Aires a la unidad Nacional. Además, se suprimió un importante mecanismo de control político del Congreso sobre las provincias.
  2. Reforma de 1866: El 12 de septiembre de 1866, se lleva a cabo en la ciudad de Santa Fe una Convención Nacional cuyo objetivo era la reforma reforma de la Constitución Nacional. El principal objetivo de la reforma de 1866 fue de nacionalizar las aduanas, a fines de obtener un mas alto monto percibido por los impuestos de exportación e importación, sobre todo por la Aduana de Buenos Aires.
  3. Reforma de 1898: El 3 de septiembre de 1897, se reune en la Capital de la República una Convención Nacional a los efectos de la ley 3507, con el objeto de reformar la Constitución Nacional. Es clara la decisión tomada por el gobierno Federal de la Argentina al momento de efectuarse la Reforma. El objetivo, es restringir la actuación del Presidente del país mediante el aumento del numero de ministros, y a la vez posibilitar al Congreso Nacional el reajuste de la representacion del pueblo en la Cámara de Diputados mediante la realización de censos, y la posterior designación de funcionarios publico.
  4. Reforma de 1957: El 24 de octubre de 1957 se reune una Convención Nacional en la provincia de Santa Fe, con el objeto reformar la Constitución Nacional. La reforma de 1957 apunta a restaurar el régimen constitucional anterior a la misma de 1949, con objeto de anular la nueva constitución creada por el Gobierno Federal Peronista. Además, cabe remarcar un importante hecho: se incorporan los derechos sociales del trabajador a través del histórico capitulo 14bis.
  5. Reforma de 1994: En diciembre de 1993, Alfonsín (como presidente de la UCR) y el presidente Menem acordaron el llamado Pacto de Olivos, que incluía un acuerdo sobre la realización de una reforma Constitucional y un compromiso sobre algunos de los puntos que habrían de figurar en ella. Principal objetivo constitucionalizar la reelección, y además, atenuar la figura del primer mandatario mediante la creación de otro cargos publico (Jefe de ministros), fortalecer el federalismo,etc.

Conclusión General:

La constitucion Argentina fue reformada en 1860 para permitir la incorporacion de Buenos Aires a la unidad Nacional. En 1866 para nacionalizar las aduanas en forma definitiva.

En 1898 para llevar a 8 el numero de ministros del Poder Ejecutivo Nacional ( exigencia suprimida en 1994), y para permitir que, despues de cada censo, el Congreso ajustara la representacion del pueblo en la Camara de Diputados.

Volvio a ser reformada en 1957- sin intervencion del Congreso, durante un gobierno de facto y hallandose proscrito el Peronismo- para incorporar los derechos sociales del trabajador atravez del articulo 14 bis. Y en 1994 para permitir la reeleccion del Presidente, pero, al mismo tiempo, para fortalecer el federalismo e incrementar la participacion de la sociedad en la defensa de sus derechos.

Las reformas Constitucionales

Las reformas constitucionales Así como las sociedades van cambian­do con el transcurso del tiempo, a menudo es necesario adaptar la Constitución a las nuevas necesidades sociales. Por ejemplo, el cuidado del medio ambiente o la necesidad de defender a los consumidores y los usuarios de bien­es y servicios no eran problemas que preocuparan a los constituyentes de 1853. La cre­ciente contaminación del suelo, del aire y del agua que hoy padecemos, así como el gran desarrollo de la economía capitalista con su extraordinaria oferta de bienes y servicios -cuestiones casi inexistentes en el siglo pasa­do-, han hecho necesaria la modificación de las legislaciones. Es por ello que muchas constituciones incluyeron en sus textos algún­nas cuestiones que, como las mencionadas, son insoslayables en el presente. La Constitución Nacional preve la ne­cesidad de reforma para adaptarla a las nue­vas necesidades. Al respecto, el artículo 30 establece que puede reformarse "en el todo o en cualquiera de sus partes". Sin embargo, al no tratarse de una ley común sino de la Ley Suprema del Estado, el procedimiento para reformarla es diferente del que se sigue para sancionar el resto de las leyes. Nuestra Cons­titución, así como la mayoría, adopta a tal efecto un sistema rígido, que se diferencia de los sistemas flexibles en los que la reforma de la Constitución se realiza de acuerdo con el mismo procedimiento empleado para la legis­lación común. El procedimiento para reformar la Constitución Nacional consiste en:
El Congreso Nacional debe declarar por me­dio de una ley la necesidad de la reforma con, al menos, el voto de las dos terceras partes de sus miembros. En esta ley se incluyen los artículos de la Constitución habilita­dos para la reforma. El Congreso convoca a una convención, llamada Convención Cons­tituyente, la cual reune a los ciudadanos elegidos por el pueblo -convencionales- en­cargados de la tarea de reforma. La convo­catoria a este organismo es lo que diferencia la sanción de la Constitución de la de las leyes comunes, que son realizadas por el Congreso. A esta etapa se la llama etapa preconstituyente.
· Una vez reunida, la Convención decide si modifica o no los artículos habilitados a tal efecto y realiza la reforma propiamente di­cha. Esta etapa es conocida con el nombre de etapa constituyente. La ley que estableció la necesidad de la última reforma constitucional de 1994 prohibió a los convencionales modificar las de­claraciones, derechos y garantías enumeradas en la Primera Parte de la Constitución Nacional. La primera reforma de la Constitución Nacional se produjo en 1860 y halló sustento en el Pacto de San José de Flores de 1859. Me­diante este pacto, firmado entre la provincia de Buenos Aires y la Confederación, Buenos Ai­res reconoció ser parte de la Nación. Debe des­tacarse que esta provincia no había participado de la Convención Constituyente de 1853 y has­ta ese momento se había mantenido al margen del resto de las provincias. Con la reforma de 1860, la provincia de Buenos Aires se incorpo­ a la Confederación Argentina. A partir de esa fecha, la Constitución Nacional fue reformada en diversas ocasiones. Actualmente, se hallan vigentes las reformas que tuvieron lugar en 1860, 1866, 1898, 1957 y, la última, en 1994. En 1949, durante el gobierno de Juan D. Peron, se realizó una amplia reforma que incluía la reelección presidencial. Sin embargo, el go­bierno de Facto que lo derrocó dejó sin efecto esa reforma en 1956.

domingo, 18 de noviembre de 2007

¿Cuando surge la Constitucion Nacional?

Surge el 1º de mayo de 1853 por los diputados de las provincias (excepto los de Buenos Aires), reunidos en Santa Fe, sancionaron la Constitución Nacional, en respuesta a una necesidad que surgió tras la Revolución de Mayo. Su objetivo era constituir la unión nacional, afianzar la justicia y consolidar la paz interior.

Caracteristicas de la Constitucion Nacional

  1. Es una constitución escrita y rígida.
  2. Es la ley suprema de la Nación.
  3. Su estructura cuenta con un total de 129 artículos y 17 disposiciones transitorias.
  4. Se divide en 2 partes precedidas por un preámbulo. La primera parte dogmática, que comprende los primeros 43 artículos , titulado "Declaraciones,Derechos y Garantía" y la segunda parte orgánica, que comprende los 86 artículos restantes, titulado "Autoridades de la Nación.
  5. Podemos ver que nuestra Constitucion Nacional consagra los derechos y garantia fundamentales de los habitantes y fija las bases y atribuciones del gobierno nacional y de los gobiernos provinciales.

Distintos tipos de Constituciones

Podemos dividirlas en politicas y en politicas sociales. Las politicas son aquellas que se refieren a la estructura de estado y a las relaciones con los ciudadanos. Las politicas sociales aparecen despues de la primera guerra mundial.

viernes, 16 de noviembre de 2007

¿La constitucion nacional porque es escrita y rigida?

La constitución nacional es escrita porque esta compilada en un solo tema y en forma de códigos.
Es rígida porque no es reformada como el común de las leyes.
Su reforma no puede ser realizada por el Poder Legislativo, sino por una asamblea especialmente reunida para dicho fin.

¿Que es la Constitucion no escrita?

La constitución no escrita es conocida también como Constitución consuetudinaria, en la cual no existe un texto específico que contenga la totalidad, o casi la totalidad de las normas básicas, sino que estas están contenidas a lo largo de diversas leyes y cuerpos legales.

Ventajas de la Constitucion Escrita

Respecto a esta clasificación considera Esmein que es preferible una Constitución escrita a otra que no es escrita o consuetudinaria, debido a que una Constitución escrita permite una mayor certidumbre jurídica y concede ventajas de técnica jurídica, ya que se conoce con mayor precisión qué normas son constitucionales y cuáles no lo son, otorga ventajas, debido a que es sencillo ubicar la jerarquía y la unidad del sistema en ese tipo de régimen y automáticamente se coloca en la cúspide de ese régimen jurídico el documento madre y, a partir de éste, emanarán las demás instituciones.
A partir del pensamiento de Esmein se concluyen tres ventajas de las constituciones escritas:
La superioridad de la ley escrita sobre la costumbre, lo cual se había reconocido a finales del siglo XVIII, ya que desde entonces existía la necesidad de llevar a un rango superior las reglas constitucionales.
También desde el siglo XVIII es importante el reconocimiento del pacto social que implica una Constitución dictada por la soberanía nacional, lo cual es interesante desde la óptica de la legitimación de los principios jurídicos que emanan de la soberanía nacional.
En una Constitución escrita hay claridad y precisión en cuanto al contenido y esto elimina confusiones, y en una Constitución no escrita, la ambigüedad suele ser un riesgo.

¿Que es la Constitucion escrita?

La constitución escrita es el texto legal en el que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización del estado, los límites y las facultades del Estado, así como deberes y derechos de los individuos. Es el texto específico que contiene la totalidad o casi la totalidad de las normas básicas, y que debe ser respetado por cualquier otra norma de rango inferior.

¿Cómo surgieron?

Surgió por la preocupación por limitar el poder de los gobernantes y asegurar los derechos individuales de las personas es muy antigua. Así, encontramos un primer antecedente de importancia en el año 1215 con la Carta Magna otorgada por el rey inglés llamado Juan Sin Tierra. Allí, entre otras cosas, el rey se comprometía a respetar las libertades fundamentales de los nobles y a no arrestarlos sin juicio previo de sus pares. Pero fue con la Revolución Francesa, en 1789, cuando se consolidaron valores tales como la libertad y la igualdad, plasmados en la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano dictada por la Asamblea Nacional Francesa. De este modo, surgieron las primeras constituciones: la estadounidense, de 1787, Y la francesa, de 1791, las cuales establecieron las bases normativas para la jerarquización de la dignidad humana. Desde entonces se fue generalizando el dictado de constituciones nacionales, que dio origen a un proceso llamado constitucionalismo.

¿Que es la Constitucion Nacional?


La Constitución es la ley más importante de un Estado. El término "constitución" proviene de una palabra latina: constitutio que, a su vez, deriva del verbo constiuere que significa "instituir, fundar".
Es una norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno y organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. También garantiza al pueblo derechos y libertades.